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Los fotovoltaicos han diseñado un nuevo sistema para
calcular la retribución de la electricidad solar:
la Tarifa Fotovoltaica Flexible (TFF), que
se adaptaría a las coyunturas del emergente mercado
solar, aportando estabilidad y certidumbre a las
inversiones, asumiendo fielmente el progresivo
descenso de costes de la tecnología y cumpliendo la
Planificación Energética sin necesidad de establecer
cupos de potencia. El Ministerio de Industria, Turismo
y Comercio tiene la palabra.
La Asociación de la Industria
Fotovoltaica (ASIF) ha expresado mediante un
comunicado de prensa su preocupación por la lentitud
en el trabajo técnico conjunto con el Ejecutivo para
diseñar el nuevo marco regulatorio español del sector
y reclama un ejercicio de responsabilidad y visión de
Estado para minimizar el daño que la incertidumbre
regulatoria está provocando en el sector.
Así, y en función de las
características del mercado fotovoltaico:
un mercado muy globalizado (los costes logísticos
de los paneles no son relevantes), aún muy pequeño
(2007 acabó con unos 9.000 MW instalados), todavía muy
concentrado (un 85% de la potencia instalada está en
Alemania, Japón, EE. UU. y España), que crece a gran
velocidad (un 40% el último año) y que pivota sobre
un rápido proceso de desarrollo tecnológico y
descenso de costes (un 25% en los últimos cinco
años); es decir, un mercado muy dinámico,
ASIF propone la Tarifa Fotovoltacia Flexible (TFF).
Revisiones anuales
Ya que la retribución es el principal
mecanismo para regular el mercado, las
tarifas tendrían que revisarse cada año en vez de cada
cuatro, que es el período contemplado
actualmente, explica ASIF, y añade que estas revisiones
"deberían ser flexibles para absorber las coyunturas y
ajustar la evolución del sector a la Planificación
Energética a largo plazo".
Por ello, la TFF, que parte
de un descenso retributivo medio del 5% anual,
tiene en cuenta, basándose en los datos publicados por
la Comisión Nacional de Energía (CNE), la desviación
acumulada de la potencia instalada sobre la que debería
haberse instalado de acuerdo con la tendencia marcada
por la Planificación, según la siguiente fórmula:
Vn = -0,04 x F x Dn + Vab
Donde Vn es la
variación anual de la tarifa; F es la
pendiente de la función lineal (se propone que sea 5);
Dn, la desviación en porcentaje de la
potencia acumulada el año anterior; y Vab,
la variación anual básica deseada del 5% anual. De este
modo, puntualiza ASIF, si, por la razón que fuese, un
año se ha instalado más potencia de la deseada, causando
una desviación en el volumen de potencia acumulada, el
descenso de tarifa del año siguiente será superior a ese
5% para frenar el ritmo. A la inversa, si se ha
instalado menos potencia, el descenso retributivo será
inferior para acelerar el crecimiento y recuperar la
senda perdida.
Por ejemplo, para una desviación del
10% de la potencia acumulada respecto a la
Planificación, la reducción de tarifa aplicable al
período siguiente sería del 7%:
Vn = -0,04 x 5 x
10% – 5% = - 2% - 5% = -7%
Incertidumbre acotada
No obstante, ASIF opina que la
flexibilidad de la TFF debe estar acotada para no
provocar una incertidumbre que ahuyente a la inversión
en la tecnología solar, cuyos proyectos, muy intensivos
en capital, se amortizan en períodos superiores a los 10
años. El sector, exponen los fotovoltaicos en el
comunicado, asume que su éxito como fuente de generación
masiva depende de mantener un fuerte ritmo de reducción
de costes y propone que el descenso retributivo
mínimo sea del 2%, porcentaje que, además,
"evita un importante repunte del mercado causado por el
incremento de rentabilidad". En cuanto al
descenso retributivo máximo, ASIF propone
un 10% para limitar el riesgo: un
titular no sabrá exactamente los ingresos que generará
su instalación, al desconocer si la pondrá en marcha
durante un año en el que puede intuir la tarifa (por la
información pública de la CNE sobre el ritmo del
mercado) o en el año siguiente, después de otra
revisión.
ASIF ha elaborado la siguiente tabla
de variación anual de la tarifa fotovoltaica y
señala que no se considera la inflación (por lo que el
descenso retributivo es superior en términos reales),
que únicamente seguiría teniéndose en cuenta a la hora
de calcular la actualización de la retribución de las
plantas operativas.
1
Excluye la actualización del Índice de Precios al
Consumo (IPC).
Eliminación de cupos
La aplicación de la TFF, afirma ASIF,
desde el momento en que toma como referencia la
Planificación a largo plazo, y supedita la retribución y
el ritmo del mercado a su cumplimiento, aportaría más
estabilidad y continuidad que los cupos de
potencia. Éstos, explica, generan incertidumbre y
distorsiones en el mercado cuando se aproxima su
cumplimiento por ser puntos de discontinuidad. Por otro
lado, añaden los fotovoltaicos, la TFF quita importancia
a la tarifa que se fije inicialmente, es decir, la
tarifa a partir de la cual se comienza a aplicar la
fórmula, puesto que las revisiones de tarifa y las
correcciones del mercado se producen a corto plazo,
modificándose rápidamente la tendencia de crecimiento
inicial y adaptándose, aunque sea con “dientes de
sierra”, a la senda deseada.
Una regulación "urgente" para
el sector
Convencido de las virtudes de la TFF,
el sector fotovoltaico ha propuesto al Ministerio de
Industria, Turismo y Comercio, en el marco de la Mesa de
Trabajo establecida para diseñar la regulación del
sector, su incorporación al próximo real decreto
que debe dar continuidad al mercado solar a partir del
mes de septiembre, fecha de caducidad del RD 661/2007. ASIF
incide en que el ritmo de actividad de la Mesa es muy
inferior al deseado y no responde satisfactoriamente a
"la urgente necesidad del sector fotovoltaico español de
conocer el marco regulatorio bajo el que tendrá que
desarrollarse en apenas seis meses.
El sector fotovoltaico propone crecer
a tasas razonables del 20% anual, gracias a un modelo
basado en instalaciones de calidad y menores de 10 MW,
que potencie la incorporación de la tecnología a la
edificación, que baje la tarifa del 10% al 15% en
octubre de 2008, y que, a partir de 2010, reduzca la
tarifa un 5% anual con revisiones periódicas anuales
basadas en la TFF.